El Senado aprobó el día de ayer las modificaciones a la ley para erradicar la violencia digital, también conocida como Ley Olimpia.
Por unanimidad, con 87 votos a favor, senadores aprobaron en lo general y los artículos no reservados del dictamen que reforma dos ordenamientos legales para erradicar la violencia digital contra mujeres, hombres, niñas, niños y adolescentes.
Ayer las Comisiones Unidas para la Igualdad de Género y de Estudios Legislativos Segunda, aprobaron de forma unánime la conocida como Ley Olimpia, misma que tipifica y sanciona el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual, en plataformas de Internet o redes sociales, así como las agresiones en contra de las mujeres en medios de comunicación.
Martha Lucía Micher, presidenta de la Comisión para la Igualdad de Género por Morena, indicó que el dictamen modifica la minuta enviada a la Cámara de Diputados para incluir la violencia digital como una modalidad que abarca todas las agresiones en contra de las mujeres, las adolescentes y las niñas producidas en dicho ámbito.
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Los medios masivos de comunicación tienen también un papel importante en la violencia que se puede desarrollar en contra de las mujeres, por lo que a esta modificación se incorporó la violencia que se desarrolla en los medios de comunicación y que no contemplaba la propuesta de la colegisladora y la tipificación de estos delitos en el Código Penal Federal, de acuerdo a Milenio.
Indicaron también que las reformas disponen que para garantizar la integridad de la víctima, el ministerio público o la jueza o juez, deberán ordenar de manera inmediata a las empresas de plataformas digitales, medios de comunicación, redes sociales o páginas electrónicas, personas físicas o morales, la interrupción, bloqueo, destrucción, o eliminación de imágenes, audios o videos relacionados con la investigación.
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Ley Olimpia: la iniciativa que ‘desnuda’ a misóginos en México
En México, la Ley Olimpia sanciona la difusión de fotos, vídeos o audios que atenten contra la intimidad de una personas.
Dicha iniciativa fue creada por Olimpia Coral Melo, quien a los 18 años fue víctima de violencia digital, cuando un video sexual acabó con su reputación en su pequeña ciudad en Huauchinango, en Puebla.
El video provocó que se encerrara en su casa por ocho meses e intentó suicidarse en tres ocasiones por la críticas de todo el pueblo, y ahora tiene una ley que lleva su nombre a nivel nacional.
Dicha ley castiga con cuatro hasta seis años de prisión y de 500 a mil unidades de medida (UMA) a quien o quienes “video grabe, audio grabe, fotografíe, filme o elabore imágenes, audios o videos, reales o simulados, de contenido sexual íntimo de una persona sin su consentimiento o mediante engaño, a quien exponga, distribuya, difunda, exhiba, reproduzca, transmita, comercialice, oferte, intercambie y comparta imágenes, audios o videos de contenido sexual íntimo de una persona, a sabiendas de que no existe consentimiento mediante materiales impresos, correo electrónico, mensajes telefónicos, redes sociales o cualquier medio tecnológico”.
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FUENTES:
https://www.jornada.com.mx/ultimas/politica/2020/11/05/por-unamidad-senado-aprueba-ley-olimpia-2993
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